Transparencia

LEY ESTATAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN GUBERNAMENTAL EN EL ESTADO DE QUERÉTARO

Artículo 67.- Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo del Estado y los municipios, deberán poner a disposición del público de manera actualizada la información siguiente:

I.- Plan de Desarrollo;

II.- Presupuesto de Egresos;

III.- Expropiaciones decretadas y ejecutadas;

IV.- Personas a quienes se les ha condonado algún crédito fiscal;

V.- Listado de Notarios Públicos;

VI.- Planes de Desarrollo Urbano, ordenamiento territorial y ecológico;

VII.- Disposiciones Administrativas;

VIII.- Gacetas Municipales;

IX.- Calendario de sesiones del Cabildo;